Una modificación normativa introducida a nivel nacional impactó de lleno en la práctica cotidiana de miles de profesionales de la salud mental en el territorio bonaerense y abrió un frente judicial con asiento en los tribunales federales de La Plata. La presentación formal apunta a despejar el alcance de la nueva redacción del artículo 210 de la Ley de Contrato de Trabajo, modificada en el marco de la reciente normativa de modernización laboral, un cambio que generó preocupación inmediata por la validez de las licencias médicas y psiquiátricas presentadas por los trabajadores en relación de dependencia.
El nudo central del conflicto radica en la terminología adoptada por el texto legal vigente, que estipula que los certificados destinados a justificar ausencias laborales por enfermedad o accidente deben provenir exclusivamente de profesionales médicos habilitados para el ejercicio de la medicina. Desde la perspectiva del Colegio de Psicólogos de la Provincia de Buenos Aires, esta exclusión nominal de la figura del facultativo abre un cono de sombra normativo que colisiona directamente con las incumbencias profesionales otorgadas por las leyes que regulan el ejercicio de la psicología en el país.
Un vacío normativo que afecta a miles de trabajadores y profesionales
La disputa judicial no se reduce a una mera discusión semántica sobre incumbencias, sino que trasciende a los consultorios y impacta directamente en la dinámica cotidiana del mercado laboral. Un trabajador que atraviesa un cuadro de ansiedad aguda, depresión, estrés crónico u otro padecimiento vinculado a la salud mental suele encontrarse bajo el cuidado exclusivo de un licenciado en psicología y, ante la imposibilidad temporaria de cumplir con sus obligaciones laborales, requiere indefectiblemente de un instrumento legal que avale su ausencia ante el empleador.
La entidad que nuclea a los más de 30.000 profesionales matriculados en suelo bonaerense advirtió que una interpretación restrictiva y literal de la norma podría habilitar a las empresas a rechazar de plano los certificados emitidos por psicólogos, un escenario que ya registraba grises previos pero que ahora encuentra un respaldo normativo más filoso. Asimismo, la exigencia de incorporar un diagnóstico clínico detallado, planes de tratamiento y la obligatoriedad de la firma digital a través de plataformas autorizadas complejiza aún más un escenario donde la salud mental continúa relegada frente a las patologías físicas tradicionales.
La resolución de este planteo recayó en el Juzgado Federal N° 2 de La Plata, donde la magistratura interviniente deberá ponderar si la modernización laboral vulnera o restringe facultades previamente reconocidas a los profesionales de la salud mental o si, por el contrario, la normativa exige una armonización con el plexo legal preexistente. Mientras se aguardan los primeros movimientos procesales y dictámenes al respecto, miles de trabajadores y terapeutas permanecen a la expectativa de un fallo que sentará un precedente ineludible sobre la validez de las licencias por salud mental en el sector privado y estatal.




