El Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires ratificó un conjunto de sanciones y observaciones sobre la gestión administrativa de la localidad de Chacabuco correspondiente al ejercicio 2021, durante la gestión del entonces intendente Víctor Aiola. La resolución recae sobre procesos de contratación directa que excedieron los marcos normativos vigentes, desfasajes en los registros patrimoniales e inconsistencias en la separación de fondos afectados que fueron detectados tras una revisión exhaustiva de las cuentas públicas de ese período.

El expediente judicial y administrativo detalla que las objeciones principales se centraron en dos operaciones concretas que no cumplieron con los procedimientos de licitación exigidos por la ley orgánica de las municipalidades. Por un lado, la comuna adquirió oxígeno medicinal a la firma Air Liquide por un monto cercano a los ocho millones de pesos mediante una licitación privada, un mecanismo que el organismo de control consideró inapropiado dado que la cifra superaba el tope legal permitido para esa vía de contratación. Desde la defensa del municipio se argumentó en su momento que la urgencia sanitaria imperante en el hospital local y la condición de único oferente de la empresa justificaban la medida para evitar demoras en un insumo crítico, aunque el Tribunal desestimó estos argumentos al señalar que las razones de oportunidad no eximen del cumplimiento de las normativas de compras.

Inconsistencias contables y la lupa sobre el patrimonio municipal

La segunda contratación objetada involucró la adquisición directa de dos camiones regadores por más de siete millones de pesos a la firma Rental Trucks. En este caso, la compra se originó tras declararse desierta una licitación previa destinada a la adquisición exclusiva de chasis, derivando posteriormente en la compra de unidades completas equipadas con tanques y sistemas de riego mediante la entrega de vehículos en desuso como parte de pago. Para los auditores provinciales, la modificación sustancial del objeto de la compra exigía un nuevo llamado a licitación, sumado a la irregularidad formal de que la ordenanza convalidatoria fue emitida con posterioridad a la ejecución de la transacción comercial.

Más allá de las compras directas, el Tribunal mantuvo reparos severos sobre el manejo contable de recursos afectados y fondos de terceros, donde se constataron diferencias patrimoniales y de inventarios que superaron los setenta y nueve millones de pesos en cuentas sin respaldo bancario directo, aunque el fallo aclaró que existía compensación con recursos ordinarios sin implicar faltante de dinero, pero sí una clara violación a las normas de separación financiera. La única resolución favorable para los exfuncionarios se dio respecto a un cargo menor vinculado a la rendición de un subsidio escolar, tras la presentación tardía de comprobantes que acreditaron la compra de material didáctico. Con estas decisiones, el organismo provincial consolida su rol de vigilancia sobre la ejecución presupuestaria de los municipios bonaerenses, dejando en evidencia los límites legales que enfrentan las administraciones locales al momento de invocar urgencias operativas.