El sistema carcelario bonaerense vuelve a quedar en el centro del debate judicial tras una resolución que frena el uso de celdas de castigo para internos con padecimientos psiquiátricos. El Juzgado de Ejecución Penal N.º 1 de La Plata dictó la clausura inmediata de los espacios de separación y aislamiento que funcionaban en las unidades penitenciarias 34 y 45 de Melchor Romero, estableciendo límites estrictos al manejo de situaciones de crisis dentro de los establecimientos de detención.

La medida se desprendió de un habeas corpus colectivo que arrastra años de litigio y que cobró nuevo impulso luego de que diversos organismos de control advirtieran sobre un retroceso preocupante en las condiciones cotidianas de alojamiento. Durante las inspecciones presenciales llevadas a cabo en los penales platenses, los equipos técnicos constataron que las prácticas de encierro estricto se utilizaban de manera sistemática como respuesta predeterminada frente a descompensaciones médicas, desplazando por completo los protocolos de abordaje sanitario que exige la normativa vigente.

La supremacía de la seguridad sobre la salud mental

Uno de los ejes centrales del fallo judicial radicó en la constatación de que la lógica de seguridad penitenciaria se imponía por encima de la asistencia profesional. Los magistrados y peritos comprobaron que los internos que atravesaban episodios de crisis psicológica eran derivados a celdas de aislamiento en lugar de recibir tratamientos acordes a su cuadro clínico.

La resolución judicial enfatiza que ante cuadros de vulnerabilidad psíquica debe primar la estabilización médica y el cuidado integral por sobre cualquier medida disciplinaria o de segregación.
A esto se sumó un relevamiento que detectó a más de una veintena de personas alojadas en estos complejos específicos sin el criterio médico correspondiente que justificara su permanencia en dichos pabellones.

Además de la prohibición absoluta de utilizar los sectores clausurados tanto en la Unidad 34 como en el anexo femenino de la Unidad 45, la mandas judiciales incluyeron plazos perentorios para subsanar deficiencias edilicias graves, problemas crónicos de higiene y la actualización obligatoria de las historias clínicas de la población carcelaria afectada. Estas exigencias buscan transparentar el estado de salud de los internos y asegurar un seguimiento riguroso por parte de las áreas de sanidad.

El impacto de esta decisión trasciende los muros de las cárceles de Melchor Romero y reactiva la discusión sobre las herramientas institucionales disponibles para la gestión de la salud mental en contextos de encierro. Los organismos intervinientes continuarán con las supervisiones periódicas para verificar el cumplimiento efectivo del fallo y asegurar que la prohibición del aislamiento se traduzca en una mejora real de las condiciones de vida y tratamiento para las personas privadas de libertad en la región.