La disputa institucional en torno al presupuesto de las universidades públicas sumó un nuevo capítulo de alto voltaje político luego de que el fuero contencioso administrativo federal resolviera declarar la inconstitucionalidad del decreto mediante el cual el Gobierno nacional intentó condicionar la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario. La decisión judicial exige al Poder Ejecutivo la ejecución inmediata de los fondos previstos en la normativa votada por el Parlamento.

El pronunciamiento estuvo a cargo del juez Martín Cormick, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11, quien hizo lugar al amparo colectivo impulsado por el Consejo Interuniversitario Nacional, diversas casas de estudio y organizaciones gremiales docentes. La causa también acumuló los reclamos específicos iniciados por la Universidad de Buenos Aires frente a la retención de las partidas presupuestarias.

Un mecanismo constitucional bajo la lupa judicial

El conflicto se originó tras el largo derrotero legislativo de la norma, que había sido sancionada originalmente por el Congreso y posteriormente vetada por el presidente Javier Milei. Ante la insistencia de ambas cámaras con las mayorías de dos tercios requeridas por la Constitución Nacional, el Ejecutivo se vio obligado a promulgarla en octubre del año pasado, aunque incorporó una cláusula restrictiva a través del Decreto 759/2025 para supeditarlas a la reasignación presupuestaria.

Al respecto, el magistrado fue categórico en su fallo al señalar que tras el rechazo del veto con mayorías agravadas, el Presidente carece de margen legal para obstaculizar la vigencia de una ley.

Así se desprende de la lectura más elemental del artículo 83 de la Constitución Nacional, que establece que si ambas cámaras insisten, el proyecto se convierte en ley y se manda a promulgar
, remarcó el juez en su resolución sobre las atribuciones del Poder Ejecutivo.

La sentencia descarta los argumentos oficiales que supeditaban los giros a la disponibilidad de recursos y subraya que el decreto cuestionado no supera un test mínimo de razonabilidad jurídica. La normativa en cuestión contempla la actualización automática de los gastos de funcionamiento de acuerdo con la inflación, la recomposición de los salarios para el personal docente y no docente, y la puesta al día de las becas estudiantiles y los fondos destinados a investigación científica.

Si bien el expediente contempla los entendimientos paritarios y sectoriales alcanzados previamente entre las autoridades gubernamentales y las federaciones gremiales, la resolución judicial ratifica que los acuerdos paritarios no reemplazan la manda legal establecida por el Congreso. De esta manera, el Gobierno queda obligado a normalizar las transferencias a todo el sistema universitario nacional en el corto plazo.