La disputa en torno al alcance de las reformas económicas impulsadas por el Poder Ejecutivo sumó un nuevo capítulo judicial, luego de que el máximo tribunal del país resolviera intervenir de manera directa sobre uno de los puntos más resistidos del paquete de desregulación. A través de una medida cautelar interina, los magistrados frenaron la vigencia provisional del artículo 154 del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, restituyendo de este modo los límites y controles a la adquisición de terrenos rurales por parte de capitales extranjeros que la norma había eliminado a finales del año pasado.
La decisión responde a una acción de amparo impulsada de manera conjunta por la asociación civil Árbol de Pie, diversas comunidades de pueblos originarios y referentes legislativos, quienes advirtieron sobre el impacto irreversible que la desregulación generaba sobre los recursos naturales y la soberanía territorial. En su resolución, los ministros del tribunal consideraron que la falta de intervención previa de los tribunales inferiores exponía a los peticionantes a un perjuicio de imposible reparación posterior, justificando así una habilitación excepcional de la instancia originaria para resguardar las garantías constitucionales vinculadas al acceso a la jurisdicción y la protección ambiental.
Un freno temporal que no prejuzga sobre el fondo de la norma
A pesar del impacto político que genera la medida, el fallo aclaró de manera expresa que la resolución no constituye un pronunciamiento sobre la constitucionalidad general del decreto presidencial, sino una protección provisoria mientras se define la competencia del fuero federal que deberá tramitar el expediente principal.
“La inacción institucional frente a reclamos de esta magnitud compromete la tutela judicial efectiva y exige una intervención prudente para evitar daños irreparables en materia ambiental y de dominio territorial”, señalaron fuentes judiciales cercanas al acuerdo, en referencia a los fundamentos esgrimidos por la mayoría del cuerpo colegiado. La única disidencia estuvo a cargo del juez Carlos Rosenkrantz, quien votó por rechazar la competencia originaria del tribunal en esta etapa del proceso.
Con la restitución temporaria de la normativa original, la compra de extensiones rurales por parte de personas físicas o jurídicas extranjeras vuelve a quedar sujeta a los porcentajes máximos de titularidad y a las autorizaciones previas establecidas originalmente, un esquema que había sido diseñado para evitar la concentración excesiva de tierras productivas en pocas manos. En el plano institucional, la causa ahora deberá ser remitida a los tribunales inferiores para que comience el debate técnico y constitucional sobre la validez de la reforma en su conjunto, un proceso que promete extenderse durante los próximos meses en medio de la creciente tensión entre el poder político y el Poder Judicial.




