La disputa institucional y legal en torno a la Supercopa Internacional disputada el pasado 26 de septiembre de 2026 en el Estadio Madre de Ciudades de Santiago del Estero escaló un nuevo peldaño en los tribunales federales. El letrado platense Adrián Daniel Morales formalizó un recurso de apelación destinado a revertir la resolución del juez federal Sebastián Argibay, quien previamente había desestimado la denuncia original y decretado el archivo de las actuaciones por considerar que no existían elementos constitutivos de delito en las acciones del cuerpo arbitral.

Con este movimiento procesal, el expediente identificado bajo el número 16.874/26 y caratulado como denuncia contra NN se encamina hacia la Cámara Federal de Tucumán. La estrategia jurídica impulsada desde La Plata insiste en que la clausura de la investigación adoptada en octubre resultó prematura, obstaculizando la posibilidad de acceder a elementos probatorios críticos que permitirían transparentar el manejo tecnológico y las comunicaciones oficiales mantenidas durante el trascendental encuentro futbolístico entre el Pincha y el conjunto rosarino.

Las medidas de prueba y el eje del reclamo técnico

El núcleo de la presentación judicial no apunta a formular una condena penal anticipada contra los actores deportivos involucrados, sino a garantizar la preservación de los registros digitales y audiovisuales que podrían desvanecerse con el paso de las semanas. La controversia recae directamente sobre el desempeño del árbitro principal Darío Herrera, las determinaciones del responsable del videoarbitraje Jorge Baliño y la participación del AVAR Mauro Ramos Errasti durante jugadas puntuales del cotejo que involucraron a futbolistas de ambos planteles.

Entre los requerimientos planteados figura la conservación inmediata de los audios correspondientes al diálogo sostenido entre el equipo de campo y la cabina tecnológica, los metadatos de las imágenes analizadas, los accesos al sistema informático y los registros de las revisiones que pudieron haberse omitido o efectuado de manera silenciosa. El denunciante sostiene que la justicia federal incurrió en una confusión conceptual al interpretar que la escasez provisoria de pruebas equivale a la inexistencia de hechos susceptibles de ser investigados institucionalmente.

El trasfondo institucional y la intervención del tribunal

El recorrido que emprenderá el expediente hacia la instancia superior añade componentes de discusión en torno a la composición y los antecedentes de los magistrados que integran la Cámara Federal de Tucumán. En su presentación, el abogado platense advirtió sobre vínculos previos de algunos integrantes del tribunal con estructuras vinculadas al fútbol profesional, mencionando trayectorias vinculadas a órganos de disciplina y ética deportiva, aunque aclaró que tales circunstancias se exponen como parte del escenario institucional sin formular imputaciones de parcialidad contra los jueces.

La resolución que adopte el tribunal de alzada definirá si se convalida el archivo dictado en primera instancia o si se habilita formalmente la apertura de medidas de prueba para auditar el funcionamiento del sistema de asistencia arbitral en competiciones oficiales de la Asociación del Fútbol Argentino. Mientras tanto, la causa continúa generando repercusiones en el ámbito jurídico y deportivo regional, convirtiendo una controversia reglamentaria de campo en un inusual expediente de revisión federal.