La Corte Suprema de Justicia imprimió una inusual velocidad al trámite judicial que discute la vigencia de la derogación de la Ley de Tierras, una de las modificaciones estructurales introducidas por el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/23 al inicio de la actual gestión nacional. Mediante una resolución firmada de manera exprés, el alto tribunal dispuso reducir a apenas veinticuatro horas el plazo para que quede formalmente consentida la incorporación de dos conjueces, un paso procesal indispensable para destrabar un expediente que acumulaba demoras y divergencias internas entre los magistrados titulares.
La decisión institucional involucra la habilitación de días y horas inhábiles, una señal elocuente sobre la sensibilidad política y jurídica del caso. La causa central no es impulsada por cualquier actor, sino por la Asociación Civil Árbol de Pie, comunidades indígenas de la región sur del país y referentes legislativos provinciales, quienes buscan retrotraer los efectos del artículo 154 de la normativa firmada por el Poder Ejecutivo. Dicho articulado eliminó las restricciones históricas que limitaban la compra y posesión de extensiones rurales por parte de capitales extranjeros, abriendo un debate profundo sobre soberanía, recursos naturales y el uso del suelo productivo en territorio argentino.
Un giro tras el freno judicial al reclamo platense
El trasfondo político de esta aceleración procesal se vincula de manera directa con los movimientos recientes del máximo tribunal respecto a expedientes conexos. Semanas atrás, la propia Corte rechazó una demanda impulsada por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM) de La Plata, una organización que había cuestionado el mismo decreto bajo el argumento de la defensa de la soberanía nacional. En aquella oportunidad, los ministros titulares consideraron que los excombatientes carecían de legitimación procesal activa para promover una acción colectiva de esa naturaleza, cerrando esa vía específica pero dejando abierta una ventana legal fundamental.
Los actuales demandantes, agrupados en torno a la defensa de territorios ancestrales y la biodiversidad, argumentan poseer títulos de legitimación sustancialmente diferentes a los del CECIM. Su enfoque judicial descansa sobre la protección ambiental y los derechos de los pueblos originarios, sustentos jurídicos que obligan al máximo tribunal a ponderar normas de jerarquía constitucional y tratados internacionales. A esto se suma el impacto social generado por la medida, evidenciado en las recientes movilizaciones de organizaciones sindicales y sociales frente al Palacio de Tribunales, exigiendo un pronunciamiento que frene la extranjerización de áreas estratégicas.
La integración de conjueces y el peso de la cautelar
La necesidad de incorporar a los magistrados Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci respondió a la imposibilidad de los ministros titulares Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti de alcanzar una postura unificada sobre el fondo del asunto. Con la conformación del tribunal ampliada, la atención recae ahora sobre la resolución de una medida cautelar pendiente de resolución. Si la Corte decidiera hacer lugar a este pedido precautorio, el efecto inmediato sería la restitución provisoria de los límites a la titularidad extranjera de tierras rurales, alterando el escenario económico para inversores y generando un nuevo cortocircuito con la administración central.
Mientras el oficialismo defiende la desregulación económica como un motor indispensable para atraer inversiones extranjeras directas y dinamizar las economías regionales, los sectores opositores y las organizaciones territoriales advierten sobre los riesgos geopolíticos y ambientales de perder el control sobre recursos estratégicos. El tribunal quedó a las puertas de una definición que excederá largamente lo estrictamente jurídico, configurando un hito en la relación de fuerzas entre el Poder Judicial y las reformas estructurales impulsadas por la Casa Rosada.




